La nueva ley hipotecaria, que empezará a aplicarse a mediados de junio, da más transparencia y seguridad a bancos y clientes. Dando al sector financiero a que aporte más información sencilla sobre sus contratos y ofertas.

Hay que tener en cuenta los siguientes artículos:
Art. 6. Información básica que deberá figurar en a publicidad de los préstamos inmobiliarios.
Es decir dar información detallada, de forma clara y concisa de la publicidad relativa a los contratos de préstamo que indique el tipo de interés o cualquier cifra relacionada con el coste del préstamo. Se dee especificar: identidad del prestamista, tipo de deudor, y la información de gastos e importe total del préstamo.

Art. 9. Información general de los préstamos inmobiliarios.
Los prestamistas, los intermediarios de crédito vinculados o sus representantes deben facilitar, a través de cualquier medio, información general clara y comprensible, como por ejemplo: identidad, fines, formas de garantía, duración del contrato, formas de tipo deudor disponible, etc.
Art. 10. Información precontractual de los préstamos inmobiliarios.
El prestamista ofrecerá al propietario la información personalizda que necesite para comprar los préstamos disponibles en el mercado. Así evalúa sus implicaciones y toma una decisión sobre su conveniencia.
Art 12. Informaicón relativa a la solvencia del potencial prestatario.
La información será proporcionada y limitada a lo necesario para la realización de una evaluación adecuada de la solvencia.

Art 14. Normas de transparencia en la comercialización de préstamos inmobiliarios.
Con una antelación mínima de 10 días, las entidades bancarias tiene que entregar un borrador del contrato al cliente con la documentación necesaria:
Ficha Europea de Información Normalizada - consideración de oferta vinculante-
Ficha de Advertencias Estanderizadas - se informará al prestatario la existencia de cláusulas.
Documento con referencia especial a las cuotas periódicas.- si se trata de un préstamo de interés variable.
Copia del proyecto de contrato.
Información clara y veraz de los gastos.
Es importante que los bancos sean claros a la hora de realizar un borrador de contrato y que los clientes tengan conocimiento previo de ello, para siempre reclamar lo que es tuyo y no tener problemas en un futuro.
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