Principales modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos (L.A.U.) 2018
- Irina
- 20 dic 2018
- 2 Min. de lectura
¿En qué consiste la nueva Ley de Arrendamientos?
El martes 18 de diciembre de 2018, el Boletín Oficial de Estado (B.O.E.) anunciaba el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, que modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Esta nueva reforma establece medidas urgentes aplicables a los nuevos contratos de alquiler con el fin de:
Incrementar la oferta de vivienda en alquiler.
Ofrecer más seguridad al arrendatario
La reforma legal afecta tanto a la regulación normativa de los contratos de alquiler como a las medidas fiscales que se pueden aplicar sobre los mismos.
Las principales modificaciones que se han aplicado en la Ley de Arrendamientos Urbanos y que afectan directamente a los contratos de alquiler son las siguientes:
El Decreto-Ley introduce una nueva modalidad contractual: los contratos de arrendamiento de renta reducida destinados a las rentas más bajas.
Se amplía la duración obligatoria del contrato a cinco años si el arrendador es persona física o a siete años, si el arrendador es persona jurídica.
Se amplía la prórroga del contrato a 3 años si, pasados los cinco o siete años, ninguna de las partes notifica a la otra su voluntad de no renovarlo.
En los contratos de alquiler de viviendas cuya superficie sea superior a 300 m2, las nuevas medidas se aplicarán según la voluntad de las partes.
Las garantías adicionales a la fianza se establece en dos mensualidades de renta como máximo, y pueden exigirse al arrendatario a través de depósito o de aval bancario. Sin embargo, esto no sucederá cuando el contrato sea de larga duración (aquellos que superen los cinco o siete años).
Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato irán a cargo del arrendador si éste es persona jurídica (trabajador por cuenta propia).
Procedimiento de desahucio
La reforma también modifica el procedimiento de desahucio. A partir de ahora, se informará al demandado de la posibilidad solicitar a los servicios sociales la acreditación que demuestre su situación de vulnerabilidad. En caso de que exista tal situación, se notificará al órgano judicial inmediatamente para suspender el procedimiento de desahucio. La suspensión no superará el plazo máximo de un mes desde la recepción de la comunicación de los servicios sociales al órgano judicial.
Vivienda turística
Por otro lado, las denominadas viviendas de uso turístico quedan fuera del ámbito de la aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos, sin importar desde donde se comercialice el inmueble.
Las nuevas medidas fiscales para el arrendatario son las siguientes:
La suscripción de los contratos de arrendamientos de vivienda para uso estable y permanente será exento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados..
En el caso de los arrendamientos sociales queda suprimido la obligación de repercutir el Impuesto de Bienes Inmuebles al arrendatario.
El Real Decreto-Ley entró en vigor el día 19 de diciembre de 2018. Sin embargo, los contratos firmados con anterioridad no se les aplicarán esta modificación.
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